Se ha lanzado una convocatoria dirigida a establecimientos de pública concurrencia y de difusión cultural en la ciudad de Barcelona, en un esfuerzo por mejorar y modernizar las instalaciones existentes y para fomentar la música en vivo.
Esta iniciativa invita a todos aquellos lugares que actualmente disponen o están en proceso de obtener una licencia para la presentación de música en vivo. También se abre la convocatoria a los establecimientos que están considerando realizar un estudio de impacto acústico.
El objetivo principal de esta convocatoria es cooperar con el progreso y la modernización de los establecimientos privados dedicados a la creación, producción, difusión y comercio cultural. Se espera que esta iniciativa promueva una mayor conformidad con las normativas vigentes.
Esta es una excelente oportunidad para los establecimientos de Barcelona para alinearse con las regulaciones actuales, mejorando la calidad de su ambiente acústico y promoviendo la riqueza cultural de la música en vivo. Se espera que, a través de esta colaboración, se puedan generar experiencias culturales mejoradas y más enriquecedoras tanto para locales como para visitantes.
Los establecimientos que adecuan o que quieren adecuar las instalaciones para la difusión de música en vivo pueden pedir la subvención en las siguientes modalidades:
- Modalidad A: Espacios de pequeño formato, con aforo inferior a 150 personas, espacios de difusión cultural u otros similares (establecimientos de música en vivo, bares, cafeterías, restaurantes u otros), que quieren adecuar el local para la realización de música amplificada en vivo.
- Modalidad B: Espacios de medio y gran formato, como salas de conciertos, salas de fiesta, bares musicales, discotecas o similares, con capacidad superior a 150 personas o más que ofrecen o quieren ofrecer música en vivo amplificada.
Podrán optar a estas subvenciones las personas jurídicas legalmente constituidas, titulares de la gestión de los espacios beneficiarios de las subvenciones, con el título habilitante correspondiente (licencia de actividad o comunicación de apertura), si procede. Cada solicitante podrá presentar únicamente una solicitud de subvención para cada espacio del que sea titular. El establecimiento debe estar situado en la ciudad de Barcelona y debe haber realizado las inversiones durante el año 2023, o debe hacerlas durante el año 2024 y acabarlas antes del 30 de setiembre de 2024.
Supuestos excluidos de la presente convocatoria En el caso de obras y medidas para el cumplimiento de la normativa y otras obras de mejora, quedarán excluidas aquellas solicitudes de personas jurídicas legalmente constituidas que gestionan espacios de propiedad municipal, instituciones culturales de titularidad pública o equipamientos culturales en régimen de consorcio público.
De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, es obligatorio rellenar y presentar la solicitud a través de la Oficina Virtual de Trámites de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona.